07 Ene #ACTUALIZACIÓN: Expedición y autorización del permiso de conducción de vehículos policiales para el personal externo

Nuevos cambios TEMA 42, 43, 44
Se ha publicado en el BOE la Orden INT/1518/2021, de 28 de diciembre, por la que se determinan las escuelas facultadas para impartir la formación y especialización, y el órgano competente para expedir los permisos de conducción de vehículos policiales de la Dirección General de la Policía, la autorización para su conducción por personal ajeno a la Policía Nacional y la autorización especial para conducirlos cuando transporten mercancías peligrosas.
Como sabéis, la autorización para conducir vehículos policiales de la Dirección General de la Policía para el personal ajeno a la Policía Nacional será expedida por el Área de Automoción de la División Económica y Técnica.
Dicha autorización, que será expresa y nominal, será firmada por la persona titular de la Jefatura del Área de Automoción de la Policía Nacional.
La validez de la autorización estará condicionada al mantenimiento de las circunstancias que dieron lugar a su concesión, con el límite de la fecha de vigencia del permiso de conducción expedido por la Dirección General de Tráfico y la permanencia en el destino que dio lugar a su concesión.
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